Por Manuel Corral Vide
Las antiguas culturas, griega, celta, Incaica o Azteca, asocian la Primavera con la fecundidad, el renacimiento. Es el tiempo en que la tierra manifiesta su poder de regenerarse luego del invierno, el tiempo del deseo. Los celtas dan a Brawen, el hada de Primavera, de gran belleza y juventud, el simbolo del caldero. Significa la posibilidad de reponer energia con la llegada de la nueva estacion. Indirectamente, nos asocia a los cocineros a esta tarea, elaborando caldos sabrosos y llenos de energia. En nuestra infancia aldeana, el pote de hierro presidiendo el ambito mas calido de la casa, "a lareira", era imagen magica, iman que invitaba a compartir. ¡Feliz Primavera, mis amigos!
Manuel es chef, especialista en cocina gallega y periodista, poeta y escritor.
martes, 22 de septiembre de 2015
viernes, 18 de septiembre de 2015
lunes, 14 de septiembre de 2015
LA ROMERÍA
VAN SUBIENDO LOS MOZOS
CON LOS CORDEROS AL HOMBRO
SUBE LA GENTE CONTENTA
CON LOS CORDEROS AL HOMBRO
SUBE LA GENTE CONTENTA
A LA FIESTA DEL PATRONO.
SUBE LA NIÑA QUE ESTRENA
ZAPATOS, NOVIO Y UN BOLSO
Y TODO EL VERDE DEL VALLE
SUBE LA NIÑA QUE ESTRENA
ZAPATOS, NOVIO Y UN BOLSO
Y TODO EL VERDE DEL VALLE
SE REFLEJA EN EL ARROLLO.
Y LA GENTE POR EL PRADO
NO DEJARÁ DE BAILAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR,
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR.
SE VAN POR LA CARRETERA
CRUZANDO CUNA Y CENERA
CANTA LA PENA EL ROMERO Y LA VIEJA SU CONSEJO.
POR SAN COSME Y SAN DAMIÁN
CUIDADO NEÑA TEMPRANA
NO PASES EL MAIZAL
NO LO RIEGUES CON TUS LÁGRIMAS.
Y LA GENTE POR EL PRADO
NO DEJARÁ DE BILAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR.
HAY UNA EMPINADA CUESTA
PARA LLEGAR A LA ERMITA
Y LAS CAMPANAS REPICAN
LOS ROMEROS VAN A MISA
Y EL PASTOR CON SU REBAÑO
CON SU ZURRÓN Y LAS VACAS
QUIERE SER LUZ O CAMPANA
Y DESPERTAR A SU AMADA.
Y LA GENTE POR EL PRADO
NO DEJARÁ DE BAILAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR.
Y LA GENTE POR EL PRADO
NO DEJARÁ DE BAILAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR,
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR.
SE VAN POR LA CARRETERA
CRUZANDO CUNA Y CENERA
CANTA LA PENA EL ROMERO Y LA VIEJA SU CONSEJO.
POR SAN COSME Y SAN DAMIÁN
CUIDADO NEÑA TEMPRANA
NO PASES EL MAIZAL
NO LO RIEGUES CON TUS LÁGRIMAS.
Y LA GENTE POR EL PRADO
NO DEJARÁ DE BILAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR.
HAY UNA EMPINADA CUESTA
PARA LLEGAR A LA ERMITA
Y LAS CAMPANAS REPICAN
LOS ROMEROS VAN A MISA
Y EL PASTOR CON SU REBAÑO
CON SU ZURRÓN Y LAS VACAS
QUIERE SER LUZ O CAMPANA
Y DESPERTAR A SU AMADA.
Y LA GENTE POR EL PRADO
NO DEJARÁ DE BAILAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR
MIENTRAS SE ESCUCHE UNA GAITA
O HAYA SIDRA EN EL LAGAR.
CENTRO ASTURIANO CELEBRO COVADONGA CON LA ELECCION DE SU REINA
Foto: María González Rouco - Texto: María Amelia Alonso Alvarez
El domingo 13 de setiembre se celebró la elección de la Reina del Centro Asturiano de Buenos Aires con la degustación de una fabada para honrar un nuevo aniversario de la gesta de Covadonga, en la sede de Vicente López. La elección quedó a cargo de Maite Michelón Martínez, José María Vila Alen, junto a Alonso Alvarez y González Rouco.
viernes, 11 de septiembre de 2015
SE HA CONVOCADO UNA NUEVA ASAMBLEA PARA EL PRÓXIMO 22 DE OCTUBRE
La Justicia argentina ratifica el fallo del IGJ y declara nula la Asamblea de la Federación de Sociedades Españolas
Por Mariana Ruiz - Crónicas de la Emigración
La Sala E de la Cámara Civil del Poder Judicial de la Nación, integrada por los jueces Mario Pedro Calatayud, Juan Carlos Dupuis y Fernando Martín Racimo, ratificó la resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ). En su fallo, los camaristas dejaron en firme la decisión de la IGJ de impugnar la Asamblea General Ordinaria celebrada por la Federación de Sociedades Españolas de Argentina para elegir autoridades, el pasado 26 de junio de 2014, e intimaron a la actual comisión directiva de la entidad a convocar a una asamblea a los mismos fines y efectos.
El organismo dio la razón a todos los reclamos efectuados en su momento por los apoderados y representantes de la Lista n°1, liderada por José Manuel Besteiro. Este dictamen, destacó Besteiro, representa un nuevo revés para la actual conducción de la Federación, encabezada por Jose Vila Alén, que apeló ante la Cámara Civil la decisión de la IGJ.
“Esta nueva asamblea se ha convocado para el próximo 22 de octubre, y se han designado dos inspectores de justicia para que sigan el procedimiento desde la convocatoria, hasta la realización de la asamblea, lo cual nos da una tranquilidad y una garantía”, señaló Besteiro.
Sin embargo, aún falta saber si la lista que resulte electa, en octubre próximo, conducirá la Federación solo los seis meses que quedan del período o si se abre un período nuevo”, indicó Besteiro, quien apuntó asimismo que además “habrá que ver qué dicen los presidentes de las asociaciones en asamblea, teniendo en cuenta que por tratarse de un período irregular todo lo que hizo se considera nulo”.
El dirigente adelantó que la lista que encabeza se volverá a presentar “con su propuesta de renovación: incorporando gente joven y sumando actividades”.
Por otra parte, José Manuel Besteiro valoró la decisión de la justicia como un “triunfo de la democracia” y los derechos de las entidades federadas.
Finalmente, explicó que, si resulta electo, pedirán una auditoría para “poder hacer un análisis de los gastos” de la entidad. “Es un pedido de rendición de cuentas natural para saber dónde uno está parado, esto es simplemente puntualizar las cosas como tiene que ser”, concluyó al respecto.
Los planteamientos que convalidó la IGJ y ratificó la Cámara Civil del Poder Judicial de la Nación
En un informe de 16 páginas, el organismo dio la razón a todos los reclamos efectuados en su momento por los apoderados y representantes de la Lista n°1, liderada por José Manuel Besteiro.
En su planteo central, la Lista 1 alegó que el recaudo de no registrar deuda con la tesorería solo era exigible a la fecha de la realización de la asamblea y no a la fecha de la convocatoria, como había dispuesto la comisión directiva de la Federación y que, debido a esta innovación en la interpretación de los estatutos, “se proscribieron entidades que no se encontraban al día en la fecha de la convocatoria”.
También apuntaron que “solo fueron afectadas por la medida entidades representadas por candidatos de la lista nº1 puesto que las entidades representadas en la lista oficialista n°2 fueron avisadas con anterioridad, de manera informal”.
Sobre este punto, la Inspección General de Justicia dictaminó que, “dado que los estatutos de la Federación solo establecen genéricamente tal obligación, sin fijar una fecha límite al efecto, que resulta jurisprudencia de larga data de este organismo que, en defecto, de norma estatutaria que establezca expresamente lo contrario, el socio podrá ponerse al día hasta el momento del inicio de la asamblea en el pago de sus cuotas sociales a fin de poder participar en la misma”.
En este sentido, remarcó que las entidades “deben regirse por el principio de mayor participación democrática de los socios” y concluyó que “asiste razón a los denunciantes en cuanto a la improcedencia a la exigencia establecida por la entidad”.
En relación a la decisión de la comisión directiva de la Federación de convocar a las entidades federadas por medio de correo electrónico –mecanismo objetado ante la Inspección General de Justicia por la Lista n°1– ésta señaló que el estatuto prevé que se deberá notificar fehacientemente por medio de circulares remitidas al domicilio social de las entidades federadas, aunque no se haya acreditado perjuicio alguno con el cambio de modalidad, avanzó, “corresponde hacer saber a la entidad (Federación) que a fin de utilizar procedimientos diferentes a los establecidos deberá proceder a modificar los estatutos para introducir la nueva modalidad”.
Sobre la asignación de dos votos en lugar de seis a la socia Ospaña Salud, la Inspección General de Justicia entendió que, dada la cantidad de socios, debieron reconocérseles seis votos y no dos y concluyó que, de todo lo expuesto, “se ha vulnerado el derecho de las afiliadas de participar y votar en asuntos de tanta trascendencia como es la elección de las autoridades”.
La Inspección General de Justicia advirtió asimismo que “la exigua diferencia existente entre los votos obtenidos por las listas en pugna (solo 4 votos de diferencia) torna por demás factible la obtención de un resultado electoral diferente de cumplirse la normativa estatutaria y reglamentaria y la razonable interpretación aplicable al caso”.
En cuanto a la falta de reconocimiento de la representante legal de la Asociación Mujeres Españolas de Argentina, a quien se le negó el derecho de voto por falta de acreditación de la personería invocada, el organismo señaló que “cabe presumir que la denunciada (la Federación) estaba perfectamente anoticiada” sobre dicha representación y que no correspondía desconocer su derecho impidiéndole la participación.
Finalmente, en cuanto al requisito estatutario de estar al día en el pago de la cuota para postular candidatos para cargos directivos, el organismo concluyó que “el recaudo es a la fecha de la presentación de las listas y no en oportunidad de la celebración de la asamblea”. “La federación –indicó– debió haber observado con claridad la inobservancia del recaudo y otorgado 48 horas previstas en la normativa para su subsanación. Comportamiento que no fue seguido en el caso de marras”.
Por Mariana Ruiz - Crónicas de la Emigración
La Sala E de la Cámara Civil del Poder Judicial de la Nación, integrada por los jueces Mario Pedro Calatayud, Juan Carlos Dupuis y Fernando Martín Racimo, ratificó la resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ). En su fallo, los camaristas dejaron en firme la decisión de la IGJ de impugnar la Asamblea General Ordinaria celebrada por la Federación de Sociedades Españolas de Argentina para elegir autoridades, el pasado 26 de junio de 2014, e intimaron a la actual comisión directiva de la entidad a convocar a una asamblea a los mismos fines y efectos.
El organismo dio la razón a todos los reclamos efectuados en su momento por los apoderados y representantes de la Lista n°1, liderada por José Manuel Besteiro. Este dictamen, destacó Besteiro, representa un nuevo revés para la actual conducción de la Federación, encabezada por Jose Vila Alén, que apeló ante la Cámara Civil la decisión de la IGJ.
“Esta nueva asamblea se ha convocado para el próximo 22 de octubre, y se han designado dos inspectores de justicia para que sigan el procedimiento desde la convocatoria, hasta la realización de la asamblea, lo cual nos da una tranquilidad y una garantía”, señaló Besteiro.
Sin embargo, aún falta saber si la lista que resulte electa, en octubre próximo, conducirá la Federación solo los seis meses que quedan del período o si se abre un período nuevo”, indicó Besteiro, quien apuntó asimismo que además “habrá que ver qué dicen los presidentes de las asociaciones en asamblea, teniendo en cuenta que por tratarse de un período irregular todo lo que hizo se considera nulo”.
El dirigente adelantó que la lista que encabeza se volverá a presentar “con su propuesta de renovación: incorporando gente joven y sumando actividades”.
Por otra parte, José Manuel Besteiro valoró la decisión de la justicia como un “triunfo de la democracia” y los derechos de las entidades federadas.
Finalmente, explicó que, si resulta electo, pedirán una auditoría para “poder hacer un análisis de los gastos” de la entidad. “Es un pedido de rendición de cuentas natural para saber dónde uno está parado, esto es simplemente puntualizar las cosas como tiene que ser”, concluyó al respecto.
Los planteamientos que convalidó la IGJ y ratificó la Cámara Civil del Poder Judicial de la Nación
En un informe de 16 páginas, el organismo dio la razón a todos los reclamos efectuados en su momento por los apoderados y representantes de la Lista n°1, liderada por José Manuel Besteiro.
En su planteo central, la Lista 1 alegó que el recaudo de no registrar deuda con la tesorería solo era exigible a la fecha de la realización de la asamblea y no a la fecha de la convocatoria, como había dispuesto la comisión directiva de la Federación y que, debido a esta innovación en la interpretación de los estatutos, “se proscribieron entidades que no se encontraban al día en la fecha de la convocatoria”.
También apuntaron que “solo fueron afectadas por la medida entidades representadas por candidatos de la lista nº1 puesto que las entidades representadas en la lista oficialista n°2 fueron avisadas con anterioridad, de manera informal”.
Sobre este punto, la Inspección General de Justicia dictaminó que, “dado que los estatutos de la Federación solo establecen genéricamente tal obligación, sin fijar una fecha límite al efecto, que resulta jurisprudencia de larga data de este organismo que, en defecto, de norma estatutaria que establezca expresamente lo contrario, el socio podrá ponerse al día hasta el momento del inicio de la asamblea en el pago de sus cuotas sociales a fin de poder participar en la misma”.
En este sentido, remarcó que las entidades “deben regirse por el principio de mayor participación democrática de los socios” y concluyó que “asiste razón a los denunciantes en cuanto a la improcedencia a la exigencia establecida por la entidad”.
En relación a la decisión de la comisión directiva de la Federación de convocar a las entidades federadas por medio de correo electrónico –mecanismo objetado ante la Inspección General de Justicia por la Lista n°1– ésta señaló que el estatuto prevé que se deberá notificar fehacientemente por medio de circulares remitidas al domicilio social de las entidades federadas, aunque no se haya acreditado perjuicio alguno con el cambio de modalidad, avanzó, “corresponde hacer saber a la entidad (Federación) que a fin de utilizar procedimientos diferentes a los establecidos deberá proceder a modificar los estatutos para introducir la nueva modalidad”.
Sobre la asignación de dos votos en lugar de seis a la socia Ospaña Salud, la Inspección General de Justicia entendió que, dada la cantidad de socios, debieron reconocérseles seis votos y no dos y concluyó que, de todo lo expuesto, “se ha vulnerado el derecho de las afiliadas de participar y votar en asuntos de tanta trascendencia como es la elección de las autoridades”.
La Inspección General de Justicia advirtió asimismo que “la exigua diferencia existente entre los votos obtenidos por las listas en pugna (solo 4 votos de diferencia) torna por demás factible la obtención de un resultado electoral diferente de cumplirse la normativa estatutaria y reglamentaria y la razonable interpretación aplicable al caso”.
En cuanto a la falta de reconocimiento de la representante legal de la Asociación Mujeres Españolas de Argentina, a quien se le negó el derecho de voto por falta de acreditación de la personería invocada, el organismo señaló que “cabe presumir que la denunciada (la Federación) estaba perfectamente anoticiada” sobre dicha representación y que no correspondía desconocer su derecho impidiéndole la participación.
Finalmente, en cuanto al requisito estatutario de estar al día en el pago de la cuota para postular candidatos para cargos directivos, el organismo concluyó que “el recaudo es a la fecha de la presentación de las listas y no en oportunidad de la celebración de la asamblea”. “La federación –indicó– debió haber observado con claridad la inobservancia del recaudo y otorgado 48 horas previstas en la normativa para su subsanación. Comportamiento que no fue seguido en el caso de marras”.
El Olivo de Vigo en el Paseo de Alfonso XII.
Vigo fue conocida como “Ciudad de la oliva” o “Ciudad olívica” debido a que en el atrio de la Colegiata de Santa María existía un gran olivo plantado por los Caballeros Templarios.
El viejo árbol desapareció al construirse la actual iglesia. D. Manuel Ángel Pereyra, administrador de la Aduana, recogió una de sus ramas y la plantó en el huerto de su casa, en la Puerta del Sol. Allí arraigó y creció hasta que el desarrollo de la ciudad lo hizo desaparecer, no sin antes ser plantado de nuevo en el Paseo de Alfonso XII para que no se perdiese la vigorosa estirpe de aquel simbólico árbol.
Fue protegido con una verja de hierro; con una placa de bronce con la promesa que ante él, hicieron los vigueses de “amor, lealtad y abnegación por la ciudad”, en agosto de 1932.
El olivo forma parte del emblema heráldico de la ciudad.
El viejo árbol desapareció al construirse la actual iglesia. D. Manuel Ángel Pereyra, administrador de la Aduana, recogió una de sus ramas y la plantó en el huerto de su casa, en la Puerta del Sol. Allí arraigó y creció hasta que el desarrollo de la ciudad lo hizo desaparecer, no sin antes ser plantado de nuevo en el Paseo de Alfonso XII para que no se perdiese la vigorosa estirpe de aquel simbólico árbol.
Fue protegido con una verja de hierro; con una placa de bronce con la promesa que ante él, hicieron los vigueses de “amor, lealtad y abnegación por la ciudad”, en agosto de 1932.
El olivo forma parte del emblema heráldico de la ciudad.
miércoles, 9 de septiembre de 2015
Música, pasodobles e intercambios.
Por O Jaiteiro da Lua.
El pasodoble es una
pieza musical compuesta en compás binario o bien de 2 por 4, y con un tempo un
poco más vivo que el de una marcha.
La aportación del
pasodoble ha sido fundamental, como agente "unificador" cultural en
la Península Ibérica. Fue, y lo es aún, utilizado como acompañamiento de
desfiles militares, algo que le da marco musical a la 'fiesta/barbarie' del
mundo taurino.
Si bien la historia
y los orígenes son toda una cuestión se constituye como ritmo propio en el
siglo XIX, en pleno auge del nacionalismo como idea política.
Dentro del amplio
mundo de los pasodobles, podemos distinguir estilos claramente diferenciables:
'Pasodoble Marcial
o de Marcha', este quizás sea la génesis misma del ritmo su finalidad es marcar
el paso, en estos el ritmo se impone sobre la melodía, con lo cual estas son
muy sencillas. Un ejemplo de estos es el Pasodoble de "Los
voluntarios".
Luego tenemos al
'Pasodobles Taurino', es el clásico ejemplo del ritmo y quizás su versión más
acabada, y a la vez popularizada. Como señalamos anteriormente este le pone
música la fiesta/barbarie marcada por la corrida de toros. Aquí abundan los
ejemplos en temas como "Manolete", "Gallito", "España
Cañí" o "El Beso", entre los más difundido.
También tenemos el
"Pasodoble Culto" o "de Concierto". El cual comienza al
dejar de lado lo popular y trata de acercarse mas a la música sinfónica, con un
a mayor predominancia y complejidad de lo melódico. Claros ejemplos de este
estilo son interpretaciones tales como "Suspiros de España", "La
Torre del Oro" o "El Abanico".
No falta el
"Pasodoble Canción" o "Coplero", cuyo auge se da en los
años treinta. Aquí vuelve a tomar su rol de unificador cultural, y su apogeo,
el cual es coincidente con el régimen franquista, es la exaltación de 'lo
español por antonomasia'.
Su mayor ejemplo
está dado por temas tales como "El Relicario", "Carmen de
España", "El Beso" o "Francisco Alegre".
La versión mas
difundida de este estilo es tardía, de la primera década de los años setenta, y
no es de origen español ya que sus autores eran belgas, la pieza no es ni mas
ni menos que "Viva España".
"El Pasodoble
de Tuna" es una versión que podríamos encontrar como pasacalles y el
Pasodoble Canción, característico de las tunas, un ejemplo de este estilo
podría ser "Clavelitos" o "Estudiantina Portuguesa" de José
Padilla.
No nos olvidemos
del "Pasodoble Regional". Allí están los "Pasodobles
Gallegos", que incorporan motivos musicales propios de la generación y
sensibilidad creativa del terruño natal y tienen coincidencia con la
declinación de los bailes tradicionales en favor de los bailes conocidos como
"Agarrado".
Con el apogeo de
las orquestinas o charangas frente al grupo tradicional de gaitas. Tenemos
claros ejemplos de pasodobles Galegos son "Lalín", "Pasodoble Os
Cabezudos" "A Pastoriza" o, "Pasodoble de Melide",
entre otros.
En cuanto al
Pasodoble como Danza se populariza entorno a la década del treinta, su
vestuario evoca lo andaluz y a la fiesta/barbarie de los toros.
En el baile el
hombre toma el rol de torero, y de hecho su vestimenta, muy pegada al cuerpo de
color negro y evoca el traje de luces.
Por su parte la
mujer que es paseada elegantemente por el hombre simboliza el capote. Sus
vestidos son muy bellos generalmente de color rojo y acompañados por hermosos
mantones.
Como podrá apreciar
el lector el Pasodoble, es un ritmo ampliamente extendido, pero tardío en la
tradición galega, y su significación emotiva es un tanto relativa y depende en
gran medida de los hechos socio políticos ocurridos a lo largo del tumultuoso
siglo XX.
Si Se observan las
vestiduras también se evidencia, que no es algo propio, sino adoptado, sin que
esto represente menoscabo, pero el alma de Galicia se mueve al ritmo de la
Muñeira, y no del Pasodoble.
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